Contacte ahora con Vega Abogados

Reforma del Código Penal. Prisión permanente revisable

Reforma del Código Penal. Prisión permanente revisable
El Congreso de los Diputados ha aprobado en su pleno la reforma del Código Penal en la cual se recogen ciertas novedades como la prisión permanente revisable o la inclusión de penas de prisión para nuevos delitos que hasta ahora solo eran castigados con penas económicas.

La novedad que más impacto y controversia ha causado es la inclusión de la prisión permanente revisable que ha sido criticada por la oposición. De acuerdo con los medios de comunicación que se han hecho eco de esta noticia, esta pena podrá ser impuesta en casos excepcionalmente graves, por ejemplo, el homicidio del Rey, asesinatos en serie o contra menores de 16 años o personas especialmente vulnerables.

Este tipo de prisión supone que transcurridos 25 o 35 años de pena, se produce una revisión con el fin de comprobar si se ha cumplido una de las finalidades de la pena, la reinserción social. El Juez decidirá si tal situación de prisión debe mantenerse o no.

Además, en la reforma se cambian ciertos límites en los delitos que castigan la corrupción, se modifica la Ley del Indulto, y se tipifican nuevos delitos como el matrimonio forzado o la divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas.

Safe Creative #1510090200314

AVISO LEGAL · LSSI · POLÍTICA DE COOKIES · POLÍTICA DE PRIVACIDAD


Este sitio emplea cookies como ayuda para prestar servicios. Al utilizar este sitio, estás aceptando el uso de cookies. OK Más información