El Derecho exige que para
realizar diversas acciones de la vida social es necesario guardar una
determinada diligencia como medida objetiva para cumplir con la función de
protección de los bienes jurídicos.
Para determinar cuál es el
cuidado necesario para evitar las lesiones de estos bienes jurídicos hay que
aplicar un criterio intelectual de la previsibilidad objetiva del resultado que
se completa con un criterio normativo por el que se prohíben las acciones
peligrosas de las que se abstendría una persona sensata.
Este cuidado, en ocasiones, está
determinado en disposiciones de carácter administrativo o referentes al
desempeño de ciertas profesiones.